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PREGUNTAS FRECUENTES - FAQ PAGINA WEB AYUNTAMIENTO

¿Quién puede solicitar información?
(OFICINA DE TRANSPARENCIA / OFICINA DE TRANSPARENCIA)

De acuerdo con el artículo 105.b) de la Constitución Española, todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública.

No obstante, y en aras de asegurar un mejor y más correcto ejercicio del derecho, en el caso de que se actúe en nombre y representación de las personas jurídicas, podrá exigirse la aportación de estatutos o títulos constitutivos válidos de dicha persona jurídica, así como una escritura de representación, apoderamiento o documento equivalente. Los documentos que se aporten deberán ser originales o copias compulsadas.

 

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