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PREGUNTAS FRECUENTES - FAQ PAGINA WEB AYUNTAMIENTO

¿Qué licencia se debe obtener para cerrar una galería?
(URBANISMO / TRAMITACION LICENCIAS DE OBRA)

- Si el cerramiento se realiza mediante una mampara de aluminio acristalada, recibida mediante tornillos, se entiende que trata de un cerramiento de carácter provisional.
- Si lo que se pretende es realizas o bien sustituir el cerramiento de aluminio actual, por un cerramiento de carácter definitivo, como son aquellos que se realizan de obra en la parte inferior en sustitución de la baranda y que supone la consolidación e incorporación a la vivienda de un volumen, como superficie edificada de la misma, este cerramiento solamente puede llevarse a cabo si no supone aumento del volumen edificado inicial, es decir, si la terraza se encuentra ya cerrada con obra por tres de sus lados y lo que se pretende ahora cerrar es la parte formal. - Para la realización de la obra se debe obtener la correspondiente licencia de obra menor, debiendo abonar las tasas de tramitación que son  las que figuran en la correspondiente carta de pago, que puede obtenerse de este trámite, mas el impuesto de construcción que supone el 4 % del importe de ejecución material de la obra. - Las obras deberán contar con la correspondiente dirección técnica y la coordinación de la seguridad, lo cual deberá justificarse mediante la aportación de la correspondiente hoja de encargo del técnico competente. - En todo caso deberá aportar la autorización de la Comunidad de Propietarios, mediante acuerdo de la Junta General.

 

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